El SUPREMO abre la vía a solicitar parte de la cuota ingresada por IMPUESTO DEL PATRIMONIO, aplicable a GRANDES FORTUNAS, de los últimos 4 años al no considerar un bien improductivo la vivienda habitual.

La suma de la cuota íntegra del IP más las cuotas íntegras (estatal y autonómica) del IRPF, deberá ser inferior o igual al 60% de la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro. Dicho de otra forma, el contribuyente no puede ingresar por ambos impuestos más del 60 por 100 […]